Derechos de los pasajeros en el transporte en autobús y autocar, según el Reglamento (UE) N.º 181/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011.
Objetos:
- Derecho al transporte y excepciones y condiciones particulares
- Utilización de autobuses o autocares por pasajeros con movilidad reducida
- Protección adecuada en caso de cancelación o retraso importante de un autobús o autocar
- Protección adecuada en caso de accidente resultante de la utilización de un autobús o autocar
- Presentación de reclamaciones
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Derecho al transporte y excepciones y condiciones particulares
- Toda persona que esté en posesión de un título de transporte válido para disfrutar del servicio. (CGV, artículo 3)
- Toda persona tendrá la posibilidad de utilizar nuestros servicios de transporte en autobús y autocar, independientemente de su edad o nacionalidad o de que presente una movilidad reducida. Toda persona tendrá los mismos derechos que todos los demás ciudadanos en lo concerniente a la libre circulación, la libertad de elección y la no discriminación.
El transportista podrá denegar la subida a bordo de una persona por causa de presentar movilidad reducida si la subida, el descenso o el transporte al/del/en el autobús o autocar resultasen físicamente imposibles en condiciones de seguridad y realizables en el plano operativo. - En el momento de la compra de un título de transporte válido para disfrutar del servicio de flibco.com, el cliente lo recibirá en formato electrónico. El día del servicio, el título de transporte podrá presentarse al conductor en dicho formato.
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Utilización de autobuses o autocares por pasajeros con movilidad reducida
- Las personas con movilidad reducida deben tener la posibilidad de utilizar los servicios de transporte en autobús y autocar. Dichas personas tienen los mismos derechos que todos los demás pasajeros.
- Nuestro servicio ofrece la posibilidad de asistir a estas personas para subir o bajar del autobús o autocar. Para ello, es preferible realizar una solicitud al menos 36 horas antes de la salida. Los autobuses o autocares no disponen de rampas para subir una silla de ruedas. Si es plegable, dicha silla de ruedas podrá guardarse en el maletero. En caso de que la persona no pueda caminar ni moverse, es deseable que esté acompañada. El acompañante tiene derecho a viajar gratuitamente si se presenta una solicitud al efecto por escrito 36 horas antes de la salida.
- El transportista podrá denegar la subida a bordo de una persona por causa de su movilidad reducida si la subida, el descenso o el transporte al/del/en el autobús o autocar resultasen físicamente imposible en condiciones de seguridad y realizables en el plano operativo.
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Protección adecuada en caso de cancelación o retraso importante de un autobús o autocar
- Cuando un autobús o autocar sufra un retraso importante o deba cancelarse el servicio, el transportista se compromete a informar a los pasajeros de la situación mediante un mensaje electrónico con arreglo a los datos comunicados por los pasajeros al registrarse en el sitio web del transportista. Dicha comunicación se producirá lo antes posible y, como muy tarde, treinta minutos antes de la hora de salida prevista.
- Cuando un transportista tenga motivos para suponer que pueda cancelarse un servicio o que pueda retrasarse su salida más de ciento veinte (120) minutos, se ofrecerá de inmediato a los pasajeros la opción de elegir entre:
- la continuación del viaje hasta el destino final tal y como estaba prevista en el contrato de transporte, sin coste adicional, en condiciones comparables y lo antes posible.
- el reembolso del precio del billete y, si procede, un servicio de transporte de vuelta gratuito, en autobús o autocar, lo antes posible, hasta el punto de partida inicial tal y como estaba previsto en el contrato de transporte.
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Protección adecuada en caso de accidente resultante de la utilización de un autobús o autocar
- En caso de accidente de un autobús o autocar del transportista, será de aplicación el artículo 7 del capítulo 2 del Reglamento (UE) N.º 181/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar.
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Presentación de reclamaciones
- Únicamente se admitirán reclamaciones de los pasajeros por escrito (en formato electrónico o por correo). Las reclamaciones se remitirán a nuestro servicio de atención al cliente.
- Las reclamaciones deberán presentarse en el plazo máximo de los tres meses posteriores a la fecha de los hechos. En caso de incumplir dicho plazo, el transportista responderá con una breve explicación a la solicitud, pero sin estar obligado a proceder a indemnización alguna.
El transportista se compromete a dar respuesta a la solicitud en un plazo de tres meses.